ADMINISTRADORA DE CONDOMINIOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Una persona física (condómino) ó persona moral pueden tener la representación administradora de condominios, a continuación conoce cual es son sus funciones y el procedimiento para el nombramiento en el Distrito Federal.
¿QUIEN ES EL ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS?
El administrador de condominios puede ser una una persona física o moral, la empresa administradora de condominios o la persona física es nombrada por la Asamblea General, para llevar a cabo la administración de un inmueble sujeto al Régimen de Propiedad en Condominio.
La administradora de condominios o persona física pueden ser de dos tipos:
Administrador de condominio: Es aquel administrador que es un condómino y es nombrado por la Asamblea General.
Administrador Profesional: Es la persona física o moral que demuestre capacidad y conocimientos en administración de condominios que es contratado por la Asamblea General.
¿ COMO SE ELIGE A LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE CONDOMINIOS ?
Ambos tipos de administradores (profesional ó condominal) se eligen por mayoría simple en Asamblea General Ordinaria legalmente convocada, la cual debe cumplir con el quórum y los procedimientos requeridos para que este nombramiento se declare legalmente instalado.
Una vez nombrado por la Asamblea General el administrador acudirá a la oficina desconcentrada de la Procuraduría Social PROSOC que le corresponda en un plazo no mayor de 15 días hábiles a efecto de darse de alta y deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF) y por su Reglamento, así como por lo establecido en la Ley de la Procuraduría Social y su Reglamento la oficina emitirá la constancia de administrador dentro de los 15 días posteriores como lo estipula la ley.
REGISTRO DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE CONDOMINIOS
Para la empresa administradora de condominios profesional en la Ciudad de México, es necesario contar con la certificación ante la Procuraduría Social PROSOC.
La administradora de condominios también deberá contar con el registro de administrador condominal expedido por la Procuraduría Social PROSOC, este registro le otorga a una persona física o moral, personalidad jurídica frente a terceros para representar y administrar los bienes comunes de un condominio.
¿ CUÁNTO DURA EN SU ENCARGO UN ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS ?
Un administrador condominal ó profesional durará en su encargo un año, siempre que a consideración de la Asamblea haya cumplido en sus términos. En caso de ser administrador condominal podrá ser reelecto por dos periodos consecutivos más y posteriormente en otros periodos no consecutivos. Para el caso del administrador profesional, podrá ser ratificado siempre y cuando se renueve la fianza y el contrato correspondiente.
FUNCIONES DE LA ADMINISTRADORA DE EDIFICIOS Y CONDOMINIOS
Una empresa administradora de condominios debe llevar un libro de actas autorizado por la Asamblea y como entre sus funciones está la de vigilar los bienes del condominio y los servicios comunes, así como promover la integración, organización y el desarrollo de la comunidad.
La empresa administradora de condominios deberá promover los cuatro comités que establece la ley LPCIDF además de representar las decisiones tomadas por la asamblea, que es la máxima autoridad en el condominio, Así mismo, entre sus funciones está la de entregar mensualmente a cada condómino, un estado de cuenta del condominio, con el visto bueno del Comité de Vigilancia del condominio que contemple, entre otros aspectos: los ingresos y egresos del mes anterior, el saldo de las cuentas bancarias, la relación detallada de las cuotas por pagar a proveedores, así como la relación de morosos y montos de deuda.
La empresa administradora de condominios, tiene por ley que dirimir las controversias derivadas de actos de molestia entre condóminos poseedores o habitantes en general, para mantener la paz y la tranquilidad entre los mismos.
Con siete días de anticipación al vencimiento de su contrato, debe convocar a una asamblea a efecto de entregar o que la misma le ratifique en su nombramiento.
Los administradores deberán también fomentar la creación de cuatro Comités en los condominios que administren:
1) Comité de Ecología o Medio Ambiente.
2) Comité Socio-Cultural.
3) Comité de Seguridad y Protección Civil.
4) Comité del Deporte.
CULTURA CONDOMINAL EN MÉXICO
Las administradoras y los administradores deberán ser promotores de la cultura condominal en los condominios que administren, y mediadores entre los conflictos suscitados entre los propios condóminos a fin de salvaguardar una sana convivencia condominal.
OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
En México el Administrador deberá cumplir con las obligaciones que señala el artículo 43 de la Ley de Propiedad en Condominio de inmuebles para el Distrito Federal, con la ejecución de los acuerdos que señale la Asamblea General de Condóminos, tomar los cursos impartidos por ésta H. Procuraduría Social, y tratándose de Administradores Profesionales, deberá CERTIFICARSE anualmente.
RESPONSABILIDADES DE UN ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
Las obligaciones de un administrador de condominios si no se cumplen se pueden aplicar sanciones.
El no registrar su nombramiento ante la Procuraduría Social.
Multa de 46 a 271 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con los artículos 43 fracción XXVIII y 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
El no registrar ante la Procuraduría Social el libro de actas.
Multa de 9 a 90 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con los artículos 43 fracción I y 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
El no convocar a Asambleas
Multa de 46 a 181 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con los artículos 32 y 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
El no entregar estados de cuenta.
Multa de 46 a 271 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con los artículos 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, y de configurarse el delito de Administración Fraudulenta el 234 del Código Penal para el Distrito Federal.
El no presentar el libro de actas en las Asambleas.
Multa de 46 a 181 unidades de cuenta dela ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
El no servir a los condóminos difundiendo y ejecutando los acuerdos.
Multa de 46 a 181 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
El no iniciar ante las instancias competentes los procedimientos administrativos.
Multa de 9 a 181 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
El no entregar a la administración entrante.
Multa de 46 a 271 unidades de cuenta dela ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
El no mostrar a la Asamblea General, Comité de Vigilancia, y autoridad que así lo solicite, documentación referente a la Administración del condominio.
Multa de 46 a 181 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
El no expedir recibo cuando se le realice algún pago.
Multa de 46 a 271 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. Asimismo, alterar las cuentas es un delito que se castiga con prisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código Penal para el Distrito Federal.
El no dirimir controversias derivadas de actos de molestia entre los condóminos, poseedores o habitantes en general para mantener la paz y la tranquilidad entre los habitantes.
Multa de 9 a 90 unidades de cuenta de la ciudad de México de conformidad con los artículos 43 fracción XXVI y 87 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
CUANTO COBRA UN ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
Aún siendo un administrador condominal se tiene todo el derecho de solicitar una remuneración económica por lo que implica el servicio de administración condominal.
Esta remuneración es acordada por la asamblea general, para ambos tipos de administración de condominios. El costo de administración del edificio deberá de ser fijada tomando en cuenta la complejidad del condominio, ejemplo: Número de unidades de propiedad privativa, áreas de uso común, nivel de servicio requerido, situación actual en términos legales. Etc.
PLAN DE TRABAJO ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
El plan de trabajo del administrador tiene que estar diseñado para atender los principales puntos de una administración.
Plan de trabajo en área Legal del condominio
En la ciudad de México los condominios y administraciones, deberán de estar registrados en la Procuraduría Social PROSOC, es importante que el plan de trabajo del administrador incluya primeramente un diagnóstico de cuál es la situación en términos legales del condómino para identificar cuáles serían los alcances del proyecto en términos de trámites necesarios para estar en el marco legal.
Plan de trabajo para el área Financiera del condominio
El plan para la administración de inmuebles deberá incluir la situación financiera del condominio, para identificar cuáles son los retos que se tienen en cuanto a niveles de morosidad.
Una vez evaluado se podrá planificar cuales son las estrategias para reducir el nivel de morosidad en el condominio.
Plan de trabajo para el área de Mantenimiento del condominio
El mantenimiento es uno de los rubros esenciales para el plan de trabajo condominal, ya que en base al plan de mantenimiento se podrán calcular las cuotas a pagar por cada condómino.
Es necesario contar con un buen plan de mantenimiento para el condómino, esto para evitar caer en mantenimientos correctivos del condominio que son más costosos y afectan financieramente al condominio encareciendo las cuotas.
REQUISITOS ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
En la ciudad de México los requisitos para un administrador profesional de condominios son estar registrado ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México PROSOC, además de esto es requisito indispensable contar con conocimiento y experiencia que lo acredite como administrador profesional.
CONTRATO PARA ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
Los servicios de administración externa o administración profesional de condóminos tienen que ser formalizados por medio de un contrato el cual deberá de estar registrado ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México PROSOC, este contrato deberá no ser mayor a un año y recomendamos que este certificado por la PROFECO
PERFIL ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
El administrador de condóminos, debe ser un experto en temas legales, financieros y mantenimiento de inmuebles.
Además de tener amplio conocimiento en estos tres rubros, es común que deba de tener un equipo especializado para soporte en cada tema.
Deberá de ser un perfil que cuente con disponibilidad de horario ya que un buen servicio de administración condominal es el que da soporte a cualquier eventualidad que puedan tener sus clientes las 24 horas.
Tiene que contar con la capacidad de ser un excelente mediador ante las situaciones de inconformidad que se presenten en condominio.
La facilidad de influenciar a los condóminos para que exista una sana convivencia es de las principales características que debe de tener un buen administrador condominal.
Tolerancia a la frustración es necesaria, debido a que las decisiones tomadas en un condominio son de común acuerdo y se necesita la presencia de la mayoría de los condóminos para tomar decisiones.
El administrador de condóminos debe de tener la capacidad de ser proactivo para tratar de minimizar los posibles problemas que se pudieran presentar en el condómino.
ADMINISTRADOR PROFESIONAL DE CONDOMINIOS
Como ya hemos mencionado el administrador de condominios profesional en la CDMX es aquel administrador que demuestra su capacidad y conocimiento para administrar condominios mediante un examen ante la PROSOC Procuraduría Social de la Ciudad de México.
CERTIFICACIÓN ADMINISTRADOR DE CONDOMINIOS
La certificación de un administrador de condóminos es proporcionada por la PROSOC Procuraduría Social de la Ciudad de México. Esta se proporcionar mediante la acreditación de un examen que tiene un costo cercano a los $ 2,000.00.
El examen se conforma de una serie preguntas derivadas de la Ley de propiedad en condominio de inmuebles para el Distrito Federal.
Anterior a presentar el examen es obligatorio tomar un curso presencial en las instalaciones de la PROSOC Procuraduría Social de la Ciudad de México, de tres días.
Finalizando el curso se proporciona una folio que el participante lo acredita como administrador condominal.
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