CONDOMINIO EN LA CIUDAD DE MEXICO
A continuación conocerás lo relacionado al condominio en la Ciudad de México; Definición, tipos y regulaciones de estos inmuebles en el Distrito Federal
¿QUE ES UN CONDOMINIO?
El condominio es un inmueble que está dividido en varias unidades de propiedad privativa y tiene la característica de compartir el derecho de copropiedad de las áreas comunes que normalmente se calculan por indiviso.
En el condominio es importante regular la forma en que los copropietarios van a tomar las decisiones con respecto a la propiedad que tienen en común.
¿PORQUE SE LLAMA CONDOMINIO?
La palabra condominio, viene del latín medieval condominium y significa “dominio de una cosa en común por dos o más personas”.
CONDOMINIO CONCEPTO
La segunda, más moderna, ha sido tomada del inglés, que a su vez la tomó también del latín, y se aplica en América a un “edificio poseído en régimen de propiedad horizontal”.
Según el oficial Diccionario de americanismos (2010), condominio también se refiere a un conjunto habitacional formado por un grupo de viviendas separadas y construido en un terreno tapiado y con vigilancia en la entrada común.
TIPOS DE CONDOMINIO
Para las regulaciones en México referente a los condominios, podemos catalogar los condóminos de la siguiente manera.
Condominio vertical
Se establece en aquel inmueble edificado en varios niveles en un terreno común, con unidades de propiedad privativa y derechos de copropiedad.
Condominio horizontal
Se constituye en inmuebles con construcción horizontal donde el condómino tiene derecho de uso exclusivo de parte de un terreno y es propietario de la edificación establecida en el mismo, pudiendo compartir o no su estructura y medianería, siendo titular de un derecho de copropiedad para el uso y disfrute de las áreas del terreno, construcciones e instalaciones destinadas al uso común.
Condominio mixto
Es aquel formado por condominios verticales y horizontales.
Condominio habitacional
Son aquellos inmuebles en los que la unidad de propiedad privativa están destinadas a la vivienda.
Condominio Comercial o de Servicios
Son aquellos inmuebles en los que la unidad de propiedad privativa, es destinado a la actividad propia del comercio o servicio permitido.
Condominio Industrial
Son aquellos en donde la unidad de propiedad privativa, se destina a actividades permitidas propias del ramo.
Condominio Mixto
Son aquellos en donde la unidad de propiedad privativa, se destina a dos o más usos de los señalados en los incisos anteriores.
CASA CONDOMINIO
Las casas en condominio son catalogadas como condominios horizontales. Estos inmuebles pueden compartir áreas que son propiedades de uso común, las cuales se especifican en la escritura.
Estas áreas deberán estar fuera del terreno que es propiedad del condómino. Estos inmuebles tienen la característica de que el condómino no comparte la propiedad de la edificación construida en el terreno.
¿DONDE DENUNCIAR UN CONDOMINIO?
En la ciudad de México la dependencia encargada de las denuncias a condominios y condóminos es la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC.
¿QUE ES LA QUEJA CONDOMINAL?
Es el medio por el cual, un condómino, poseedor, Administrador, o Comité de Vigilancia, solicita la intervención de la Procuraduría Social, en virtud de la existencia de violaciones a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, por parte de otro habitante o de la administración del inmueble que habita o administra.
Motivos principales por el que se promueve una queja condominal:
Morosidad.
Adeudos de cuotas ordinarias y/o extraordinarias
Contra el Administrador y/o Comité de Vigilancia.
Irregularidades de la administración y/o Comité de Vigilancia, incumplimiento de sus obligaciones, abuso de sus funciones.
Afectación a la paz y a la tranquilidad.
Ruidos, fiestas, vecinos conflictivos.
Invasión de Áreas Comunes.
Invasión con objetos muebles o construcciones en áreas comunes.
Filtración
Humedad en el departamento.
Mascotas.
Ruidos, afectación a la salud, o a la integridad física por la tenencia de mascotas
Estacionamiento.
Por ocupar un cajón ajeno al que le corresponde según la Escritura Constitutiva y la Escritura Individual
¿QUE DEBE CONTENER EL ESCRITO DE LA QUEJA?
El escrito deberá ser dirigido al titular de la Oficina Desconcentrada que corresponda, según la Delegación Política donde se ubique el inmueble (revisar directorio).
Nombre y domicilio de la parte quejosa (quien la promueve),
Nombre y domicilio de la parte requerida (la persona afectante),
Narrativa de la problemática y/o de las violaciones causadas a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
Firma del quejoso.
Asimismo, el quejoso deberá acreditar su personalidad con los siguientes documentos en copia simple (excepto el inciso b del poseedor):
Condómino:
Escritura pública de la unidad de propiedad privativa o contrato que de cumplirse en sus términos, otorgue el carácter de propietario de la unidad condominal;
Documento de adjudicación a favor del condómino;
Boleta predial a nombre del condómino; o
Boleta de agua a nombre del condómino.
Poseedor:
Contrato o convenio celebrado con el condómino; o
Documento firmado por dos testigos condóminos pertenecientes al mismo edificio en que habita, donde manifiesten bajo protesta de decir verdad la calidad de poseedor.
Administrador:
Constancia vigente de Registro de Administrador, expedido por la Oficina Desconcentrada y que corresponda al inmueble sobre el que verse la queja.
Comité de Vigilancia:
Acta de Asamblea General, donde hayan sido designados con ese carácter, y que se encuentre vigente su designación.
¿DONDE Y COMO SE PRESENTA LA QUEJA?
Deberá presentarse en la Oficina Desconcentrada que corresponda conforme a la Delegación Política donde se ubique el inmueble, el original (para expediente), una copia para acuse, y una copia simple más por cada requerido, es decir, si es un solo requerido se presenta por triplicado y así sucesivamente.
¿DONDE REGISTRAR UN CONDOMINIO?
En la Ciudad de México la Procuraduría Social del Distrito Federal es la encargada del registro de los condominios.
¿QUIEN PAGA EL CONDOMINIO EL ARRENDADOR O EL ARRENDATARIO?
La ley no obliga que forzosamente algunas de las figuras mencionadas sea el responsable del pago de las cuotas de mantenimiento, este pago se negocia de común acuerdo entre el arrendador y el arrendatario.
¿QUIEN ADMINISTRA UN CONDOMINIO?
Como ya lo hemos mencionado con anterioridad el administrador puede ser algún condómino, nombrado por la asamblea general o bien un administrador profesional externo certificado por la Procuraduría Social de la Ciudad de México.
Ambos administradores tenderán que ser nombrados por la asamblea general de Condóminos.
¿QUIEN REPRESENTA AL CONDOMINIO?
El condómino, es representado por la asamblea general y dependiendo del tipo de situación que se trate para tomar una decisión sobre el condómino, es necesario contar con cierto porcentaje de quórum para la representación y toma de decisiones.
¿QUIEN PAGA EL CONDOMINIO?
Los pagos referentes a cuotas ordinarias y extraordinarias son de carácter obligatorio para el propietario de la unidad de propiedad privativa.
¿QUE SIGNIFICA CONDOMINIO TIPO A?
Los condóminos catalogados como tipo A, son aquellas construcciones, divididas en unidades y emplazadas en un terreno de uso común.
¿QUE SIGNIFICA CONDOMINIO TIPO B?
Los condóminos catalogados como tipo B, son aquellos inmuebles que son unidades de propiedad privativa tanto construcción como terreno y cuentan adicionalmente con terrenos de uso común.
¿QUE ES CONDOMINIO ORDINARIO?
Es cuando un inmueble puede dividirse y que permite que distintos sujetos dispongan de porcentajes de participación
¿QUE ES EL CONDOMINIO EN MANO COMÚN?
Cuando el bien no se puede dividir y su propiedad recae en varias personas, sin que existan distintas cuotas de participación.
¿QUE SIGNIFICA CONDOMINIO INDIVISO?
El indiviso es el derecho de los condóminos sobre los bienes comunes, esto se calcula proporcionalmente al valor que representa su unidad de propiedad privativa o fracción en relación al valor total inicial del inmueble, expresado en porcentajes.
¿QUE ES CONDOMINIO COPROPIEDAD?
El condominio es cuando existen varias propiedades bien definidas dentro de un inmueble mediante una escritura.
Por otra parte, el término de copropiedad indica cuando un inmueble pertenece por indiviso a varias personas, pero no está bien definida la propiedad privativa de cada dueño.
El termino de copropiedad existe en el inmueble para las áreas comunes de los inmuebles ya que no están bien delimitadas como propiedad exclusiva de un condómino por que no se admite división en este término.
CONDOMINIO O COPROPIEDAD
Una no es excluyente de la otra, como ya comentamos dentro de un edificio además de existir la propiedad exclusiva existe el esquema de copropiedad para las áreas comunes ya que por derecho patrimonial estas áreas pertenecen a dos o más personas.
El termino de copropiedad se da para aquellos inmuebles, que están construidos en un mismo terreno de dominio común y las casas o departamentos están construidas en sitios de dominio de cada propietario, pero que cuentan con espacios comunes.
¿CUANDO EXISTE CONDOMINIO?
Existe el condominio, cuando hay varios dueños de unidades de propiedad privativa en un inmueble y comparten la propiedad de las áreas comunes que les pertenecen por indiviso a todos los dueños.
¿CUANDO HAY CONDOMINIO?
Hay condominio, cuando el inmueble está escriturado bajo el régimen de propiedad en condominio.
¿CUANDO ES CONDOMINIO?
Un inmueble es condominio cuando existen varios dueños del mismo y que tienen bien definida su propiedad en el condominio y cuentan con una escritura de su propiedad bajo el régimen de propiedad en condómino.
¿CUANDO SURGE EL CONDOMINIO?
El condómino surge en el momento que la constructora, desarrolladora o dueño escritura por medio de un notario el inmueble bajo el régimen de propiedad en condómino, delimitado las áreas de propiedad privativa y áreas comunes del inmueble.
¿PORQUE VIVIR EN CONDOMINIO?
Vivir en edificios tiene algunas ventajas como los servicios de seguridad, limpieza y mantenimiento; son más económicos que una casa, esto debido a que el costo es dividido entre las unidades de propiedad privativa, abaratando los precios de los servicios para los dueños.
En cuanto al tema de seguridad los edificios son mejores opciones que una casa, ya que cuentan con servicios como, vigilancia intramuros, CCTV, control de accesos etc. que para una casa serian servicios muy costosos.
¿PORQUE PAGAR CONDOMINIO?
Las cuotas de mantenimiento son obligatorias para las personas que viven bajo el régimen de Propiedad en condómino en la Ciudad de México.
El por qué pagar las cuotas de mantenimiento de un edificio es una pregunta que más allá de una obligación, es una responsabilidad que tenemos con nuestro patrimonio.
Las cuotas en un edificio, son para la operación y mantenimiento de un edificio.
El vivir en un edificio con niveles de morosidad bajo, nos permitirá tener mejores servicios, lo que mejora nuestra calidad de vida.
El pago oportuno de nuestras cuotas de mantenimiento también nos permitirá tener mejores precios con proveedores y ayudará a aumentar la plusvalía de nuestro patrimonio en el tiempo.
CONDOMINIO COMO FUNCIONA
Como ya lo hemos comentado en post anteriores, el condómino funciona bajo un régimen de propiedad en condominio; Es decir existen varios dueños que tienen delimitada su propiedad en un inmueble y comparten la propiedad de las áreas comunes por indiviso calculado en porcentaje, tomando como referencia el número de metros cuadrados de su propiedad privativa.
CONDOMINIO COMO ADMINISTRAR
El condómino se puede administrar con dos opciones, por medio de un administrador profesional (externo) o con un administrador condominal (interno).
En cuanto al método para administrar un edificio, dependerá de las necesidades del inmueble administrar, los alcances del proyecto y la situación en la que se encuentre el condómino.
Normalmente se consideran tres pilares claves para el diagnóstico, planeación y ejecución del proceso de administración en un condómino.
Se deberán tomar en cuenta las áreas: financiera, legal y de mantenimiento en el condómino.
CONDOMINIO COMO SE CONSTITUYE
El condominio se constituye mediante un notario público el cual escritura la propiedad bajo el régimen de propiedad de condominio.
Normalmente esta constitución es solicitada por la constructora o la desarrolladora del condominio.
CONDOMINIO COMO CONSTITUIR
El condominio se constituye mediante la fe de un notario público, además de que los propietarios deben declarar su voluntad de esta constitución y elevarlo ante escritura pública.
COMO CONSTITUIR UN CONDOMINIO
Existe una serie de requisitos de las notarías solicitan para este trámite:
- Título de propiedad (inscrito en el registro público de la propiedad).
- Boletas de predial y de agua de 5 años a la fecha.
- Licencia de construcción y/o regularización de construcciones.
- Constancia de alineamiento y numero oficial.
- Descripción de cada unidad privativa, superficie medidas y linderos, así como la memoria técnica.
- Reglamento del edificio
- 1 juego de planos autorizados y 3 copias en reducción.
- copia curp y/o r.f.c de los copropietarios.
¿COMO REGISTRAR CONDOMINIO RESIDENCIAL?
Para el registro del condominio en la ciudad de México se tendrá que llevar a cabo mediante la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC.
Los requisitos son los siguientes:
- Formato de solicitud TSDOPC_ORG_6 en original y una copia simple para acuse.
- Documento con que el Solicitante acredite su personalidad.
- Copia Certificada de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, que debe de contener el sello que acredite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
¿COMO COBRAR CONDOMINIO ATRASADO?
Actualmente en la Ciudad de México la Ley de propiedad de condominios del DF, nos indica el pago de las cuotas de mantenimiento es obligatoria para quienes vivimos en la Ciudad de México.
Existen mecanismos que están dentro del marco legal que una buena administración tiene para cobrar cuotas pendientes.
Si tienes algún problema con morosos en tu edificio, sugerimos te contactes no nosotros para mayores informes al teléfono 55-45-69-78 o al correo info@administraciondecondominios.com.mx
¿CONDOMINIO COMO ECONOMIZAR?
La forma de cómo economizar en un condómino, inicia desde una buena administración. La planeación que forma parte del proceso de administración analiza las necesidades del condómino y los recursos con los que se cuenta para planear la erogación de los recursos de una manera óptima.
Una buena evaluación de proveedores y la elaboración de un programa de mantenimiento proactivo son indispensables en el buen manejo de los recursos para eliminar los costos excesivos que encarecen la operación del edificio.
¿CONDOMINIO O CASA?
Las ventajas de un departamento referente a una casa son en la mayoría de los casos ventajas económicas.
Desde su compra a corto plazo es mucho más económico el adquirir un departamento que una casa.
En términos de mantenimiento, es más económico debido a que los gastos del edificio se dividen entre los condóminos a diferencia de una casa.
Los costos de transportación también influyen a largo plazo esto debido a que normalmente los condóminos están en lugares cercanos los lugares de trabajo o zonas de mayor afluencia.
El financiamiento es más accesible para los bancos.
La mayoría de los edificios tienen dos entradas (vehicular y peatonal) que con las aportaciones de todos los condóminos se puede maximizar las medidas de seguridad en los puntos de acceso.
Sin embargo, considerando esto beneficios las casa a pesar de ser más costosas a largo plazo suelen ser una mejor inversión.
El decidir que es mejor si vivir en un edificio o en una casa, dependerá de las necesidades de cada persona y el presupuesto con el que se cuenta.
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